
En la adquisición de de cajas fuertes para arma corta valoremos, entre otros de puntos fundamentales que no este caduco o en vías de extinción y vigilando no adquirir algo muy superior a fin de que no se nos vuelva obsoleto antes de nuestra capacidad de utilización llegue al nivel optimo de dicho elemento.
En ocasiones ocurre que hay leyes que nos obligan a mantener ciertas medidas de seguridad, con que las empresas les resulta más fácil disponer de un punto de partida.
En el área de cajas fuertes para arma corta la primera E.N. (Norma Europea) sobre almacenamiento de seguridad (cajas fuertes y cámaras acorazadas) cumplen con la normativa Ley de 16 de julio de 1992 DE LA JEFATURA DEL ESTADO INDUSTRIAS EN GENERAL ¨LEY DE INDUSTRIA¨ También cumple la ley la necesidad de adaptar la regulación de la actividad industrial en España a la derivada de nuestra incorporación Europea a la Comunidad Económica Europea y la contribución del mercado interior. En España los niveles de resistencia de las cajas fuertes para armas se venían midiendo según la NORMA UNE, la cual carecía de un protocolo de ensayo oficial. Provocando numerosos desacuerdos en el sector de la seguridad dependiendo del sector al que iría dirigido el producto de seguridad física.
La publicación de las ordenes del Ministerio del Interior de 23 de Abril de 1997, por las que concretan determinados aspectos en materia de seguridad respectivamente en cumplimiento de la ley y reglamento de Seguridad privada, que se determina los niveles de resistencia de las cajas fuertes, mediante remisión a las normas UNE que en cada caso se mencionan determinando las normas europeas UNE. En que su momento sustituirán aquellas teniendo en cuenta que las publicaciones de las ordenes ministeriales no coincidieron en el tiempo con las normas europeas UNE EN planteo algunos problemas en el caso de armeros de arma corta, toda vez que en las gradaciones de los indicados niveles no son idénticos en unas y otras normas.
La secretaria General Técnica, de acuerdo con la Dirección General de la Policía entendió que la correspondencia entre los niveles de la norma UNE y los de la normas europeas UNE EN, en materia de cajas fuerte para arma corta deben ser la siguientes:
Los niveles B y C, exigidos para las cajas fuertes para arma corta con arreglo a norma UNE, se corresponden con el nivel III de la norma europea UNE EN 1143-1, y serán sustituidos por este, en el momento de la publicación de dicha norma europea.
Por otra parte, y a efectos del cumplimiento de los niveles de seguridad referidos a la norma europea UNE EN 1143-1, únicamente se consideraran validos los ensayos realizados por organismos de control acreditados, según lo dispuesto en el Real Decreto 2200/95 de 28 de diciembre.
Los grados de seguridad clase III de la norma la UNE EN 1143-1, determinan la capacidad de poder superar los correspondientes ensayos de resistencia (RU: resistencia al robo resultante de un minuto de uso de una herramienta de coeficiente 1 valor de base0).
En la Orden del ministerio del interior de fecha 23 de abril 1997 en la Sección segunda apartado séptimo se refiere a los armeros instalados en los lugares que se refiere el articulo 25.1 del reglamento de Seguridad Privada, deberán reunir las siguientes medidas de seguridad:
Pasivas: mínimo grados seguridad B, según las normas UNE 108-110-87 y UNE 108-112-87, en todo su conjunto y dotado de una cerradura del grupo 1R de la norma ANSI/UL-768 un mínimo de 1.000.000 de combinaciones (para empresas de VIGILANTES JURADOS).
El número de armas que se podrá autorizar en la caja fuerte para arma corta será el correspondiente al volumen del armero teniendo en cuenta que el volumen medio de un arma es de 3,5 litros.
Respecto a la cartucheria, cuyo almacenamiento se hará en armero independiente al de las armas, se tendrá en cuenta que, para cada 100 cartuchos , se necesitan 1,5 litros de capacidad.
La publicación en el Boletín Oficial del Estado numero 96, de 22 de ABRIL de1998, de la norma UNE EN 1143-1 sobre medidas de seguridad en cajas fuertes , puertas y cámaras acorazadas, ha originado la anulación entre otras de las normas españolas UNE 108-110-87 y UNE 108-112-87, que se tomaban como referencia para establecer las características técnicas que en relación con la seguridad deben reunir las cajas fuertes para guardar armas cortas.
Por lo tanto todas las empresas que hasta la fecha dispusieran de la correspondiente certificación extendida por el Ministerio de Industria y Energía, acreditativa de grado seguridad de sus productos relacionados con lo especificado en la resolución de 26 de Noviembre de 1998 publicado BOE 22 Abril 1998, dispondrán del plazo de un año para adecuar dicha certificación a lo establecido en la norma UNE EN 1143-1 GRADO III para armeros de arma corta.
En el ámbito de la seguridad privada (EMPRESAS DE VIGILANTES JURADOS) hay que poner una cerradura de combinación de 1.000.000 de claves NORMA 1R de la NORMA ANSI/UL 768 homologación UL-VDS-SIS además de la cerradura de llave.
FDO. JOSE MARIA ALMAGRO
1 Abril 2006-
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